Buenas tardes apreciables participantes del foro.
Alguien me puede ayudar ya que tengo el siguiente problema con un cliente:
Este cliente está sujeto a pagos trimestrales, pero en la impresión de sus facturas electrónicas dice “Sujeto a Retención Definitiva”
Me podrían ayudar indicándome cual es el procedimiento que se debe seguir en estos casos, o si solo se le debe solicitar a la empresa responsable de la emisión de las facturas que haga la correción?, y que problemas podría tener mi cliente por haber emitido facturas indicando un régimen en el que no se encuentra.
De antemano muchas gracias por su tiempo.
Buena tarde
La recomendación se que de inmediato el Desarrollador del software (programa o plataforma electrónica para emitir las facturas) se comunique con el Generador de Factutas (Gface) ha efecto incorporen en la factura la frase correcta conforme al régimen de afiliación del ISR.
Contingencias en caso de fiscalización:
Numeral 8, artículo 94 del Código Tributario
Extender facturas, notas de débito, notas de crédito u otros documentos que no cumplan con alguno de los requisitos formales según la ley específica.
SANCIÓN: Multa de cien Quetzales (Q.100.00) por cada documento. El máximo de sanción que podrá aplicarse será de cinco mil Quetzales (Q.5,000.00), en cada período mensual. En ningún caso la sanción máxima excederá del dos por ciento (2%) de los ingresos brutos obtenidos por el contribuyente durante el último período mensual en el que haya reportado ingresos.
Le agradezco mucho su atenta respuesta Lic. @Blagmiro_Contreras me resolvió mi duda, muy amable por su tiempo.