Buen día alguien me podría ayudar con esta situación, tenemos un colaborador que nos emite factura de pequeño contribuyente resulta que en el mes de octubre el genero una factura por 8,000,000.00 de quetzales a nombre de nuestra empresa, factura que no procede por que en ningún momento le pedimos un servicio por ese valor, tampoco nos la envió por lo mismo no se declaro en nuestro IVA pero al revisar los datos de la agencia virtual la factrua sigue vigente el no la anulo que podemos hacer nosotros cliente de el si esa factura no procede en nuestros gastos y su asesor financiero dice que nosotros al no reportarla estamos evadiendo impuestos y podemos ser penalizados.
¡Hola, Karla! Para ustedes no puede haber penalización, al contrario, podrían tenerla si reportan un gasto ficticio. El que sí tendrá inconveniente es él porque ahorita ya no puede anular esa factura de manera fácil (creo que solicitando a SAT la anulación y demostrando que se emitió por error sí se lo autorizan.
Buena tarde, la unica salida es que la anule y cuando le solicite el porq anula dicho DTE registre por error en monto
Me imagino q el tampoco la declaro…en su impuesto
NO solo reporto otras por eso no resulta omiso
Karla, buenas tardes,
Coincido con Lucía Aguilar, ustedes no tienen la obligación de reportar gastos ficticios. Ahora bien, si ustedes son agentes de retención de IVA es probable que él esté pensando en la retención del 5%, pero en ese caso, será él quien debe demostrar la prestación del servicio y cobro del mismo. En adición, en automático él saldrá del régimen de pequeño contribuyente por lo que es él quien debe evaluar cómo proceder.
En su caso, si la SAT les requiere información, ustedes solo deben presentar un escrito informando que no conocen la razón de esa factura y que, en ese contexto, no se reportó dentro de las compras del período, dentro de los registros contables y que no se tiene una deuda por pagar de esa magnitud al colaborador.
Buenas noches Karla, Es correcto lo que mencionan los colegas Raúl y Lucia. El problema es para el emisor (dueño de la factura) pues si es Pequeño Contribuyente lo cambiaran en automático de régimen, adicional supongo que no la declaró en sus impuestos (por lo que estará en omisos) eso es hablando de temas fiscales.
Con respecto a temas laborales si pueden tener problemas, pues ¿Cómo es posible que un trabajador emita factura? el valor por la factura se puede interpretar como parte del sueldo y el Mintrab solicitar un ajuste en el pago de prestaciones.
Saludos,
Buenas noches, ustedes como clientes no tienen problema ya que en ningún momento operaron la factura, sin embargo es importante hacer énfasis en el comentario de [Raul_Cu] ya que si son agentes retenedores de IVA, la factura debe aparecer en la sección de Retenciones Web de la Agencia virtual, lo que genera la obligación de reportar esta situación a la SAT para que tome las acciones pertinentes.
Ahora, como clientes y al tener una relación comercial con la persona que emitió la factura, es importante que le recomienden apersonarse de inmediato a la SAT para que lo orienten respecto a la forma en que proceda la anulación ya que no se puede hacer de manera directa por la fecha de emisión.
quiero participar en el curso, pero no se donde esta el link o sera por face?