Buen Día:
@Mariel1979 a continuación ejemplifico como quedaría la partida (los nombres y códigos de las cuentas depende de su nomenclatura) luego de la excelente explicación del calculo del IVA e ISR cuando la empresa absorbe los impuestos.
En este caso el ISR se registra como gasto y el IVA se netea entre el IVA Retenido y el IVA Crédito, ósea paga IVA Retenciones pero en su IVA mensual disminuye su IVA a Pagar en el mes o incrementa el Crédito Fiscal que pueda tener la empresa.

En el tema de la dirección, sin ningún problema puede consignar Ciudad a menos que tenga la dirección completa de la persona a la que emitieron la Factura Especial.
Espero ayudarle y aclarar su duda, cualquier consulta quedo a sus órdenes.
Saludos;
P.D.: Por su parte investigar si aplican o no al impuesto por Promoción o Propaganda (Timbre de Prensa) para no incurrir en alguna falta y verse afectada con alguna sanción.