Buenas tardes,
Cuando un trabajador está suspendido por parte del IGSS.
¿El patrono debe pagarle al trabajador?
Por ejemplo cada quincena como corresponde completo, o únicamente hasta el último día que fue a trabajar?
Buenas tardes,
Cuando un trabajador está suspendido por parte del IGSS.
¿El patrono debe pagarle al trabajador?
Por ejemplo cada quincena como corresponde completo, o únicamente hasta el último día que fue a trabajar?
@Karla_Torres si está suspendido por el IGSS, es el IGSS quien le paga. Y si estando suspendido y el patrono lo acepta para seguir laborando, se hace acreedor a sanciones.
Cuando un trabajador es suspendido por el igss:
El Patrono, en una quincena solo debe pagar… conforme a los dias que trabajo y conforme a la nota de suspensión del IGSS al trabajador… ejeplo
si fue suspendido del 16 al 22 de Octubre y se reincorpora al trabajo el 23/10
El patrono le paga en la quincena del 23 al 31 de Oct.
El IGSS deberá cancelarle los dias del 16 al 22 de octubre
El trabajador debe hacer llegar inmediatamente las notas de suspensión como las notas de alta.
Tomar nota. En planilla del IGSS en la hoja empleados, debera reportar únicamente el valor cancelado al trabajador por sueldo.
Y en la hoja suspension deberá reportar al trabajador susupendido la fecha según nota de suspensión.
espero ayudarla