Buenos días estimados, en diciembre vendimos un producto el cual el cliente nos está haciendo una devolución y se le entregará un nuevo pero por la fecha no podemos realizar una nota de crédito alguien me podría apoyar si puedo regresar ese producto a inventario y como le doy de baja al nuevo producto que se entregaría
Hola @LUCERO_HERNANDEZ debe emitir nota de abono (Ver 2o. Párrafo) por el tiempo transcurrido, acá le comparto:
Buena Tarde:
@LUCERO_HERNANDEZ En el caso de no tener habilitada la emisión de Notas de Abono como le sugiere el Lic. Hugo @Hugo_R_Gonzalez_B tendría que emitir una Nota de Crédito que no aprovecha IVA pero que si documenta y revierte la factura emitida.
Su nueva compra queda registrada en el período vigente, pero el registro de la reversión sería correcto afectando gastos de ejercicios anteriores ya que es de diciembre del año pasado.
Espero ayudarla con su interrogante y cualquier consulta adicional quedo a sus ordenes.
Saludos;
Disculpe solo que en este caso sería una venta podría realizarse el mismo procedimiento
Una consulta la nota de abono aplicaría ya que en este caso es una venta
Buen Día:
La posible solución que le planteo aplica para el caso que nos comparte @LUCERO_HERNANDEZ ya que como cualquier documento que emita una empresa debemos contar con una autorización previa de SAT y las Notas de Abono no son muy recurrentes que se soliciten.
La Nota de Crédito le sirve a usted como emisor de una factura para ajustar el monto total (restando al valor de la factura original) o bien para anular el total de una factura, el IVA es recuperable hasta un máximo de 2 meses de la fecha de emisión de la factura y posterior a ello automáticamente se pierde el derecho a recuperar ese IVA ya pagado.
Espero ayudarle con su consulta y cualquier duda adicional quedo a sus ordenes.
Saludos;