Las plataformas electrónicas tienen su lado oscuro, tal como ha sucedido con los gigantes tecnológicos de las aplicaciones o redes sociales (caída mundial o simplemente temporalmente no disponibles), no digamos en sistemas locales, y como Contadores hemos atestiguado la inestabilidad de las plataformas electrónicas de la SAT (en una capacitación presencial que me toco impartir sobre Factura Electrónica en Línea, al momento de intentar ejemplificar una anulación de factura en vivo, usando Agencia Virtual (Ley de Murphy) la plataforma no me lo permitió)
Otro ejemplo reciente, fue el 22 de noviembre de 2019 fecha en que los Agentes de Retención de IVA, tuvieron inconvenientes operativos en el sistema RetenIVA para la presentación y pago de retenciones de IVA. Esto motivó que la Administración Tributaria emitiera la Resolución SAT-DSI-1165-2019, declarando día inhábil el 22 de noviembre, consecuentemente realizaron los ajustes en los sistemas para el computo de plazos legales.
Así, podemos listar una gran cantidad de casos, sin embargo al consultar el Monitoreo de Sistemas Informáticos de la SAT, todo parece funcionar bien.
Tal como lo ha expresado un Consultor de Impuestos, la SAT legisla por medio de formularios (plataforma electrónicas)
Se espera que los sistemas electrónicos puedan fallar en algún momento, pero en el caso de la SAT, la crítica es que pongan un aviso de “Temporalmente Funcionando” para no hacer perder tiempo al Contribuyente y sus Contadores, para conectarnos a las Plataformas Electrónicas en el momento que si están funcionando los sistemas.
Ya lo han hecho en los sistemas de aduanas, informan con antelación a los diferentes actores que participan en el comercio exterior, cuando alguna plataforma estará en mantenimiento y generalmente lo hacen días y horas inhábiles para no entorpecer las operaciones, ¿Que tal difícil es hacerlo en tributos internos?
Pero todo tiene una razón de ser (en apariencia la inestabilidad de los sistemas):
La Gerencia de Investigación Fiscal ha estado realizando pruebas funcionales en los formularios, en especial el formulario: SAT-2237, escenarios basados en riesgos:
Principalmente para proveer insumos, realizar análisis e identificación de los escenarios detectados en la información consignada por los contribuyentes en el apartado de proveedores fase I de la modificación del formulario de IVA SAT-2237, (incorporación de apartado de los 10 principales proveedores)
Realizaron la sesión ordinaria número 14 del Comité Institucional de Gestión de riesgo de Cumplimiento Tributario, celebrada el 09 de diciembre del año 2019, en la que se llevó a consideración, conocimiento y aprobación, lo siguiente:
- Resultados de la implementación de fase I y II de formulario del IVA General Mensual SAT-2237.
- Criterios para la publicación de contribuyentes identificados como “No Localizados” y “Omisos” dentro del apartado de proveedores, formulario SAT-2237
Así mismo, análisis de los comentarios proporcionados por los contribuyentes, respecto de la justificación de ventas menores a compras, indicados en el formulario SAT-2237 IVA General Mensual. Los comentarios no razonables se trasladaron a la Intendencia de Recaudación para el envío de cartas.
En conclusión no es de extrañar lo descrito en los párrafos anteriores (son parte de las funciones y atribuciones de la SAT para fiscalización y control de contribuyentes toda vez sea dentro de los parámetros legales y sin vulnerar los derechos de los contribuyentes)
Lo que si me extraña, es que si en Diamante Contador somos más de mil contadores, sólo cinco usuarios han expresado su inconformidad por la inestabilidad de los sistemas de SAT?
Una golondrina no hace verano.