Declaración o rectificación de crédito fiscal IVA

Buena tarde estimados miembros del foro. Comparto link donde podrán descargar la sentencia 2614-2020 de la Corte de Constitucionalidad, relacionada con la improcedencia de la declaración o rectificación del crédito fiscal IVA cuando han transcurrido más de dos meses; para que lo tomen en consideración.

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Muchísimas gracias estimado, muy buen aporte.
No procedió el amparo y multaron a la abogada, eso significa que debemos ingresar las facturas en el tiempo oportuno, saludos cordiales.

Compañero, muchas gracias por la información, solo nos queda ingresar todo en buen tiempo.

Y como siempre los Juristas retorciendo las Leyes. ¿Hasta cuando habrá una resolución a favor del contribuyente? Mientras tanto debemos seguir esperando que corrijan la herramienta DECLARAGUATE para poder hacer las rectificaciones correspondientes.

Que triste la verdad , en mi opinión personal y criterio estoy de acuerdo con el demandante -cristian Pozuelos - ya que el artículo 20 del IVA no se refiere a las rectificaciones sino alas primeras declaraciones , el derecho de rectificar fue violado completamente

Buena tarde:

He leído toda la resolución y con apego a la Ley pues es entendible el fallo de la Corte ante dicho amparo; simplemente es mi punto de vista sin ánimos de ofender a nadie, ni crear controversia.

Ahora me surge la siguiente duda, el formulario no me permite rectificar y crear un Crédito Fiscal, pero si me permitirá reducir mi Crédito Fiscal anteriormente declarado, porque desde mi punto de vista si no permite crear un crédito o aumentar un crédito por medio de una rectificación no tendría que permitir disminuirlo a través de una misma rectificación. Como se dice coloquialmente “Todos hijos o todos entenados”.

Alguno tiene alguna experiencia de este tipo con alguna rectificación y que afecte el Crédito Fiscal?

Saludos;

AR

@AERU tuve que rectificar 6 declaraciones precisamente eliminando (restando) algunas facturas de compras y permite hacerlo no importado el o los meses, esto debido a que una disminución afecta todos los formularios en adelante, pero no deja sumar.

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Buen día

En el siguiente enlace pueden ver un interesante análisis de la sentencia de la Corte de Constitucionalidad, recomendado:

@Hugo_R_Gonzalez_B Un claro ejemplo que utilizan la Ley a su conveniencia y esto a su vez causa molestia e indignación; porque sino se permite la modificación (creación) del Crédito Fiscal a través de una rectificación, tampoco debería permitir cualquier modificación del mismo.

Pero como la disminución del Crédito si favorece a la SAT eso no lo prohíbe; pero en fin ahora ya es sabido que debemos reportar las facturas dentro del mismo mes o bien en los 2 meses posteriores a la fecha de la operación, para poder reclamar el IVA por Cobrar o crear un Crédito Fiscal.

Saludos;

AR