Declaración de IVA mensual de fundaciones en cero

Buen día

Respuesta corta a:

Sí y sólo sí, la Entidad esta afiliada a impuesto, caso contrario el sistema Declaraguate le alertará con el siguiente mensaje:

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Las Asociaciones y Fundaciones al nacer a la vida jurídica (Legalmente Autorizadas / personalidad jurídica) de conformidad con las leyes que le fueren aplicables (Código Civil y Ley de Organizaciones No Gubernamentales), como tal, no gozan automáticamente de exención de impuestos, pero pueden solicitar su inscripción ante la Administración Tributaria como Ente Exento, para gozar de los derechos conforme el alcance de las exenciones tributarias otorgadas por Ley (sin fines lucrativos), por concepto de Ingresos como donaciones, cuotas ordinarias y extraordinarias destinados exclusivamente para la consecución de los objetivos establecidos en los estatutos de constitución, además tienen prohibición expresa de distribución de utilidades o excedentes entre sus miembros.
En ese orden de ideas, una obligación formal es presentar su declaración de ISR anual en los primeros tres meses del siguiente año, entre otras obligaciones, para mejor comprensión ver la siguiente imagen:

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Lo anterior no impide que las Asociaciones y Fundaciones (excepto que sus estatutos lo prohíban) puedan realizar actividades mercantiles o prestación de servicios por medio de su patrimonio, ejemplo clásico, el cobro de parqueo, arrendamiento de instalaciones a terceros, etc., pero estas operaciones están afectas a las obligaciones fiscales y en caso de incumplimiento a las sanciones aplicables, consecuentemente deberán afiliarse a impuestos para satisfacer dichos impuestos por las actividades mercantiles o prestación de servicios. esas operaciones están afectas a impuestos (rentas gravadas: ingresos distintos a los estipulados en los estatutos de constitución), consecuentemente deberá afiliarse a IVA e ISR, únicamente por las rentas (ingresos) distintos a los ingresos exentos
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