Compañeros buenos días, las fundaciones están exentas de IVA E ISR y otros.
Pero me surgió una duda estas tienen que presentar declaraciones de IVA mensual en CERO… un amigo me hizo esta pregunta y de igual forma llevo la contabilidad de una Fundación y me dejo con dudas.
llame a SAT al 1550 me dijo el operador que SI, pero no supo darme una base legal, solo dijo que leyera los criterios institucionales que están en la pagina… de ante mano muchas gracias…
Buenas tardes.
Respecto al tema, que sea exento no quita la responsabilidad de cumplir con la obligación formal de presentar declaraciones.
Le comparto un enlace donde abordaron este tema, cabe destacar que estos cambios fueron publicados en las redes sociales por parte de SAT:
Saludos
@OttoXum con relación a presentación de declaraciones le comparto el enlace en donde puede obtener el criterio de la SAT 15-2018 allí específica quienes están obligados a presentar dichas declaraciones, espero esto sea lo requerido:
muchas gracias por su ayuda buen dia
Gracias por su ayuda Lic, buen día
Buen día
Respuesta corta a:
Sí y sólo sí, la Entidad esta afiliada a impuesto, caso contrario el sistema Declaraguate le alertará con el siguiente mensaje:
Las Asociaciones y Fundaciones al nacer a la vida jurídica (Legalmente Autorizadas / personalidad jurídica) de conformidad con las leyes que le fueren aplicables (Código Civil y Ley de Organizaciones No Gubernamentales), como tal, no gozan automáticamente de exención de impuestos, pero pueden solicitar su inscripción ante la Administración Tributaria como Ente Exento, para gozar de los derechos conforme el alcance de las exenciones tributarias otorgadas por Ley (sin fines lucrativos), por concepto de Ingresos como donaciones, cuotas ordinarias y extraordinarias destinados exclusivamente para la consecución de los objetivos establecidos en los estatutos de constitución, además tienen prohibición expresa de distribución de utilidades o excedentes entre sus miembros.
En ese orden de ideas, una obligación formal es presentar su declaración de ISR anual en los primeros tres meses del siguiente año, entre otras obligaciones, para mejor comprensión ver la siguiente imagen:
Lo anterior no impide que las Asociaciones y Fundaciones (excepto que sus estatutos lo prohíban) puedan realizar actividades mercantiles o prestación de servicios por medio de su patrimonio, ejemplo clásico, el cobro de parqueo, arrendamiento de instalaciones a terceros, etc., pero estas operaciones están afectas a las obligaciones fiscales y en caso de incumplimiento a las sanciones aplicables, consecuentemente deberán afiliarse a impuestos para satisfacer dichos impuestos por las actividades mercantiles o prestación de servicios. esas operaciones están afectas a impuestos (rentas gravadas: ingresos distintos a los estipulados en los estatutos de constitución), consecuentemente deberá afiliarse a IVA e ISR, únicamente por las rentas (ingresos) distintos a los ingresos exentos
gracias Lic Tiene mucha razón, es una fundación sin fines de lucro, y estamos inscritos ante SAT como entes exentos, y si presentamos el ISR ANUAL
Gracias por su apoyo
Muy buena info, saludos
Buen día
Con actualizaciones en la plataforma del nuevo RTU Digital, surgen varias interrogantes con la Entidades No Lucrativas, a continuación un video que explica esa situación
gracias por la valiosa información, tengo entendido que a todas las organizaciones no lucrativas las esta SAT afiliando impuestos, mi duda es al llenar la declaración de IVA, debemos llenar la casilla de ventas y servicios exentos??? al final estos no generaràn débito fiscal, y estoy reportando los ingresos recibidos.
@johanna_alvarado agradeceremos cumplir con la principal regla del foro:
Buenas noches, la SAT de oficio nos inscribio al regimen del IVA (asociacion civil no lucrativa). mis ingresos no son afectos al IVA, debo presentar declaracion del iva, y seria sin valor o con valor con ingresos exentos, y llevar libros de compras y ventas.
@johny agradeceremos No duplicar las preguntas, el hecho que lo haga NO implica que recibirá respuestas inmediatas, adicionalmente al NO cumplir con las reglas del foro, entre esta la siguiente, será mucho más difícil que reciba respuestas o invitaciones a participar en cursos.
Buen día
Sugiero leer el siguiente enlace
A partir de la afiliación de Impuestos (actualización de oficio), y ahora con el nuevo RTU Virtual (SAT le llama RTU Digital, pero aún falta mucho para eso), a partir del mes de septiembre los contribuyentes exentos o parcialmente exentos (deben afiliarse a impuestos) pueden seleccionar para la afiliación en el ISR una dos opciones: Sobre Ingresos o Sobre Utilidades, también deberá afiliarse al IVA, y deberán presentar sus declaraciones de impuestos en el periodo que corresponda (mensual, trimestral, semestral-inventario y anual), si no tuvieron operaciones afectas, simplemente presentarán sus declaraciones de impuestos, cuando corresponda sin valor, pero el hecho que las operaciones estén exentas no los exime de informar o reportar dichas operaciones en sus declaraciones de impuestos.
Gracias por la aclaracon