A todos los participantes del foro:
Se les informa de los erróneos resultados que se están dando por confusión en la unificación del CUI y NIT, y que para aclarar, SAT lo he hecho con dibujitos y ahora lo hace con otro aviso, a continuación comparto las publicaciones al respecto.
Desde ya sugiero leer detenidamente el uso que debe darse a cada código y en donde hacerlo, seguro le evitará sanciones innecesarias.
Cualquier duda favor de consultar.
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muchas gracias Lic. por mantenernos al dia con los cambios que hay en la ley.
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Interesante, gracias, y que pasara con los contribuyentes
extanjeros?
@Asesoria_Contable_Pr
Extranjeros siguen con el No. de pasaporte al igual que las personas jurídicas continuarán con el NIT.
Saludos
gracias lic por la informacion
Gracias por la valiosa información
Feliz fin de semana.
Cambios de criterios (para variar) de la Administración Tributaria
Para conocimiento de los usuarios del FORO y efectos procedentes en caso corresponda (para personas individuales).
O sea que a partir de esa fecha, ya no existirá el número verificador, en el NIT. Desapareciendo los números, así como el del Contador, qué por cierto habrá ducuplicidad.
Buen día Lic.
Esta nueva disposición es a partir del 04 de octubre de 2023 y es en la creación o asignación de NIT como nuevos contribuyentes para las personas individuales guatemaltecas y personas extranjeras domiciliadas al momento de su inscripción en el RTU, según el video los NIT actuales no tendrán cambios.
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