Buen día
No hay una respuesta general, cada servicio debe ser analizado bajo sus propias características, particularidades y condiciones, por lo cual tendrá su propio tratamiento específico y quizá único, según el tipo de actividad económica de que se trate el servicio:
Para mejor comprensión se citan dos ejemplos:
Primer ejemplo (no hay póliza de exportación)
Documentos extendidos en Guatemala que surtirán efectos en el Extranjero
Caso típico: Traducción Jurada:
Una persona presta sus servicios en como Traductor Jurado, una entidad en el extranjero le solicita sus servicios para la traducción de documentos (contratos u otros documentos), los cuales son indispensables para la obtención en el país extranjero para la autorización de certificados o permisos (exportación – importación)
El traductor hace su propuesta de honorarios y la entidad en el extranjero acepta la propuesta, procede con el pago y el Traductor Jurado recibe el anticipo o pago respectivo (le acreditan –transferencia internacional - en su cuenta bancaria los honorarios según tipo de cambio que maneja el banco), generalmente la negociación (se fija en la moneda distinta al Quetzal que suele ser en Dólares) queda documentada por medio del intercambio de correos electrónicos.
Una vez emitido el documento (traducción jurada), es indispensable los Pases de Ley: Legalización de documentos (legalización de firmas) Departamento de Autenticas del Ministerio de Relaciones Exteriores y previo a su envió al extranjero deben ser legalizados por la Misión Diplomática o Consular del país correspondiente acredita en Guatemala.
Al documento que contiene la traducción jurada, le adjunta su factura por servicios con los respectivos datos de la Entidad en el extranjero, lo envía por medio de las empresas mundiales de mensajería (ofrecen el servicio de monitoreo o rastreo de guías y confirmación de la recepción del documento), aunque también la Entidad en el extranjero le confirma la recepción por medio de correo electrónico
En este caso se cumplen todos los requisitos del numeral 4, del artículo 2 de la Ley del IVA
Es por eso que la Ley del IVA no se circunscribe solamente a trámites legales aduaneros
Lo anterior, bajo el supuesto que es un Profesional Liberal y que no está obligado a llevar contabilidad completa, pero sí el Libro de Compras y el de Ventas, y que bancariza sus operaciones que le generan sus ingresos como Profesional Liberal.
Aclaración: Este ejemplo no aplica si la empresa que contrata (en este ejemplo utilizado) al Traductor Jurado es una empresa guatemalteca (es decir la empresa que lo contrata es la que tiene la representación en territorio nacional a la entidad en el extranjero), en caso el Traductor Jurado este afiliado como Pequeño Contribuyente debe tributar el 5% aunque se trate de una exportación de servicios.
Segundo ejemplo (si hay Declaración Aduanera)
El comercio exterior forma parte de las estadísticas macroeconómicas de los países, unos de los parámetros comparativos es la balanza comercial (importaciones versus exportaciones) generalmente estos datos se basan sobre productos (bienes) dejando en segundo plano el tema de servicios, incluso el Banco de Guatemala publica información estadística del comercio exterior con base a datos procedentes de las Declaraciones Aduaneras transmitidas por la Superintendencia de Administración Tributaria – SAT -, esto incluyen también los productos utilizables como soporte para transportar software.
El talento y creatividad del guatemalteco ha sido reconocido por su calidad en la prestación de servicios de Tecnología de Información (tercerización) para su uso en el extranjero, destacando entre otros sectores de servicios: el Desarrollo de Software, Desarrollo y Contenidos Digitales, la Industria Creativa, etc., sin menospreciar los demás sectores de servicios de apoyo a la actividad exportadora.
No obstante, lo anterior, las descargas de Internet y otras formas de comunicaciones inalámbricas hacen que los soportes físicos sean cada vez menos necesarios
A efecto de dar certeza en las operaciones de comercio exterior (importación y exportación) para propósitos aduaneros para con las obligaciones fiscales y respaldar el derecho de beneficios fiscales (crédito fiscal o los que operan bajo el amparo de algún instrumento de beneficio fiscal deben observar los requisitos del Criterio Tributario Institucional 5-2018 en caso soliciten la devolución de Crédito Fiscal), es una práctica común que la exportación de servicios en este sector se documente con la respectiva declaración aduanera de exportación (DUA o FAUCA) utilizando para el efecto según corresponda la clasificación arancelaria de los soportes físicos (ópticos o magnéticos).
Por ejemplo: Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores, tarjetas inteligentes ("smart cards") y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, popularmente se usan los "USB flash drives o dispositivos similares” como soportes para transportar software en el comercio internacional, estos soportes físicos o (informáticos con software para equipos de proceso de datos), en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) soportes ópticos se clasifican en la partida 85.23
Aunque también puede utilizarse para este propósito los discos duros (HDD) incluido los discos de estado sólido (SSD), sólo que estos discos se clasifican en la partida 84.71 (8471.70.00.00)
Este caso es más sencillo, ya que encuadra como una típica exportación (la Entidad tiene Código de Exportación, documentos de exportación, DEPREX, etc.), pero es en esencia una exportación de servicios, la empresa debe llevar contabilidad completa, contar con todos los comprobantes de las operaciones de su actividad mercantil para demostrar y comprobar que ha realizado la prestación de servicios como operaciones de exportación (exportador de servicios)
Los ejemplos citados son para propósitos ilustrativos respecto a los diferentes aspectos y elementos de juicio, las observaciones no constituyen opinión jurídica y pueden o no coincidir con el criterio que la Superintendencia de Administración Tributaria – SAT – los tribunales y otros intérpretes de la ley podrían llegar a tener.
Cada contribuyente será responsable de las posiciones fiscales que decida asumir.