Crédito por operaciones locales y de exportación

La empresa en la que laboro, actualmente tiene asignada la calidad de dualidad de agente de retención en un porcentaje del 15% (contribuyente especial) y 65% del decreto 29-89 en total retenemos del IVA el 80% a los proveedores.
Nuestras ventas se mantienen en un 51% nacional y un 49% de ventas de exportación.
Actualmente en el libro de compras por importación, compras de bienes y servicios adquiridos no tiene ninguna separación que indique cuales compras son para ventas de exportación y cuales para venta local.

La pregunta es:
¿Cómo determinar la separación de los créditos fiscales por operaciones locales y de exportación para la presentación de la declaración jurada del IVA General?

@EliverSM agradeceremos cumplir con la siguiente regla del foro.