Crédito fiscal en una S. A. No exportador

Muy buen dia, me surge una duda en cuanto al crédito fiscal:

Actualmente tenemos un crédito fiscal generado por ventas al IGSS, por las exenciones de IVA que emite, la empresa no es un exportador por lo tanto no se puede reclamar el IVA.

¿Cuánto tiempo puedo mantener este crédito fiscal?

Buen día

Conforme el artículo 22 de la Ley del IVA, ese crédito fiscal lo puede mantener hasta agotarlo (no tiene plazo de vencimiento)


Hay una excepción, para los exportadores y a los contribuyentes que le venden (bienes y servicios) a Entidades exentas, previo análisis (evaluar la conveniencia o no, someterse a fiscalizaciones y llenar todos los requisitos para autorización), podrán solicitar la devolución de crédito fiscal.

Muchas gracias Licenciado en este caso entonces por generar el crédito por ventas al Igss si se puede solicitar ese crédito sometiéndose a fiscalización

No es tan sencillo, para muchas empresas representa hacer una reingeniera de sus procesos, productos o servicios (reorganizar su información contable), identificación de sus ingresos, distribución de costos y gastos, separación de operaciones gravadas, exentas, no afectas, identificar puntualmente los servicios o bienes vinculados a las operaciones exentas o que le otorgan un beneficio fiscal, de las que si están gravadas, vinculación de las operaciones por las cuales si procede derecho a crédito fiscal (Articulo 16 de la Ley del IVA), y un largo etc.

Sugiero hacer un análisis sobre el esfuerzo y costo desproporcionados (sección 2 de la NIIF para Pymes)


Estimado Licenciado Blagmiro.
Con respecto al tema, Existirá alguna forma para que la SAT devuelva el crédito fiscal a una empresa que no es exportadora. Y suponiendo que la empresa decida por cerrarla dígase cese de actividades. que pasa con ese crédito fiscal. Deberían devolverlo. debe de existir alguna manera para reclamarlo.
Saludos.

@contawalter agradeceremos cumplir con la principal regla del foro, entre otras: