Comprobante de liquidación en El Salvador

Buenos días, el día de hoy surgió una duda en la oficina sobre el uso del “Comprobante de Liquidación” en El Salvador. Me realizan la consulta sobre una empresa constituida en El Salvador, está empresa recibe fondos de una tercera para realizar pagos a proveedores por servicios que le son suministrados. Por esa recepción de fondos se ha manejado la figura de emitir factura, y con las facturas que emiten los proveedores, el efecto del IVA queda en cero.

El tema es, si por esa recepción de fondos de la empresa tercera, es correcto emitir factura o bien emitir un Comprobante de Liquidación. Entendemos que ambos documentos graban el IVA.

De antemano muchas gracias por sus aportes y experiencias.

Saludos,

Kevin gusto de saludarte.

Entiendo que esto es en el contexto de la legislación de El Salvador, lo cual desconozco, pero técnicamente si recibo fondos para cubrir mis gastos, es algo similar como un fondo de caja chica, por lo tanto, esos fondos serían una cuenta por pagar, lo cual no se factura. La facturación de ventas debería ir enfocada a quien le brindas tus productos.

A no ser que esté funcionando como suele ocurrir con la actividad de maquila, que en esos casos los fondos se consideran como el valor de la exportación para netear con los gastos de operación.

Espero que sirva de algo la opinión expresada.

Saludos.

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