Buen dia estimados colegas. Necesito de su conocimiento con la siguiente situación:
Si un contribuyente presta servicios en trabajos de construcción los materiales que compra con factura entran como compras en costo de ventas o entraría como un gasto, tomando en cuenta que si entra como un costo ventas en el ISO tendría que ir en total de ingresos en la casilla de TOTAL INGRESOS BRUTOS POR POR VENTAS y el costo ventas en total costo ventas.
Pero si vemos el mismo escenario y la compra de materiales entra como un gasto el valor de de los ingresos en el ISO se registraria en TOTAL DE INGRESOS BRUTOS POR SERVICIOS PRESTADOS y el total de gastos no aplicaria agregarlo.
Entonces quisiera saber si alguno de ustedes ha manejado este tipo de actividad economica para que me puedan apoyar cual es la manera correcta de registrar la compra de materiales de construcció si presto mis servicios mas no vendo el material (dicho mateal lo uso para llevar a cabo los servicios de construcción)
El articulo 21 (Costos y Gastos deducibles) del Libro I del Decreto 10-2012 menciona en el inciso 2: “Los gastos incurridos en la prestación de servicios”. No habla de un costo de por servicios prestados. Aunque la Sección 13 de la NIIF PYMES si lo hace, pero un asunto aparte, acá el tema es netamente fiscal. Entonces correspondería consignar el valor de los servicios en la casilla TOTAL DE INGRESOS BRUTOS POR SERVICIOS PRESTADOS y no podrá deducir las compras de materiales. Aunque ello solo sirve para determinar el margen bruto, no para determinar el impuesto a pagar.