¿Cómo se debe reportar planilla de IGSS para contratos suspendidos?

Buenas tardes amig@s del foro, el Ministerio de Trabajo autorizó la suspensión de contratos de trabajo a partir del 01 de abril de una empresa, mi pregunta es el siguiente:

¿Cuál sería el procedimiento adecuado para reportar la planilla del IGSS del mes de abril si la empresa no pagó salario en ese mes?

Según tengo entendido si los contratos de trabajo están suspendidos siempre hay que pagar la planilla del IGSS y reportar los salarios completos o

¿Habrá otro forma de presentar la planilla del IGSS sin reportar salarios?

Saludos!.

Buena noche creo que todo esto es nuevo para nosotros, la manera en la que yo la trabajare es en el excel la parte de Licencias, en este momento la estoy trabajando y la voy a cargar, cualquier inconveniente estare informando.

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En la columna de sueldos se debe colocar a Cero “0” pero también se debe enviar un correo con la resolución donde autorizan la suspensión de los contratos laborales.

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Buenos días

a que dirección debo mandar el correo?

gracias!

Buenos días, según me explicaron llamando al 2412-1111 del Igss, Si la suspensión de contratos es a partir del 01 de abril, en sueldos se coloca cero y la pestaña de licencias colocar la fecha del 01 al 30 de Abril, no me dijeron nada que hay que enviar correo o adjuntar la resolución del Min. Trabajo.

Saludos.

cesar.quintanilla arroba igssgt.org

ESTE CORREO.

Este fue el correo que me dieron.

Por cierto ahora hay que actualizar datos nuevamente en la pagina del ministerio de economia, hay que llenar un nuevo formulario.

Estimados, buenas tardes

Les comento, a mi persona indicaron que se lo ingresará en la pestaña de suspensión.

Por lo que veo la información no es consistente, lamentable porque como bien menciona el colega el sábado se dio la situación de que hay que cargar nuevamente la información.

Saludos