Estimados Profesionales:
Es un gusto para mí saludarles y desearles éxitos en sus labores. Acudo a ustedes ya que no sé como contabilizar correctamente los efectos de la Sustitución Laboral con base a lo establecido en el Artículo 23 del Código de Trabajo considerando lo siguiente:
Dos empresas locales tienen la intención de realizar una sustitución patronal por lo tanto parte de los pasivos laborales de la Empresa 1 se estima sean trasladados a la Empresa 2; en virtud de lo cual dado que la empresa 1 no cuenta con el flujo de caja para pagarle a sus empleados las prestaciones laborales adeudadas, luego de los trámites antes empleados y Ministerio de Trabajo dichos pasivos serán reconocidos por la empresa 2 quien se constituirá en el nuevo patrono de los empleados.
Preguntas:
- ¿Existe algún tipo de contraprestación que deba entregar la Empresa 1 a la Empresa 2 por el traslado de pasivos laborales de los Empleados que ahora serán parte de la nómina de la Empresa 2?
- ¿Cómo se registra contablemente la disminución de los pasivos laborales en la Empresa 1?
- ¿Cómo se registra contablemente el aumento de los pasivos laborales en la Empresa 2?
- ¿Son los contratos laborales firmados por la Empresa 1 y el Adendum que se firmarán Trabajadores y la Empresa 2 ante el Ministerio de Trabajo,suficientes a nivel fiscal para documentar la Sustitución Laboral?
- ¿Qué efecto fiscal tiene para la Empresa 1 la disminución de sus pasivos laborales luego de la Sustitución Laboral?
- ¿Qué efecto fiscal tiene para la Empresa 2 el aumento de pasivos por las deudas que adquiere en concepto de prestaciones laborales a favor de los empleados de los que se constituirá como nuevo patrono?
De antemano muchas gracias por su orientación en respuesta a las preguntas planteadas.
Saludos Cordiales,