Cobro por Anular Factura Electrónica

Buena tarde,

Tengo una duda el día de hoy se realizo una compra y emitieron factura electrónica y la factura decía Agente Retenedor de IVA el asunto es que el articulo salio defectuoso por lo que devolví el articulo y pedí anulación de factura para que me devolviera el dinero, pero me dijeron que tenia que pagar el IVA de la factura puesto que ellos tienen que hace una NOTA DE CRÉDITO, es esto posible ya que el mismo día que la emitieron solicito que la anulen???

@Leidy_Macu

La respuesta es NO pueden cobrarle.

Su pregunta es interesante y sé que hay varios expertos que le pueden brindar detalles PERO este foro requiere que usted tenga su perfil completo: nombres y fotografía para estar integrada, por lo que si desea participar interactivamente y respuestas mucho mejor documentadas, le ruego apegarse a las reglas.

Gracias por la información, y disculpe soy nueva en este sitio y no mucho le he entendido aun… ya trate de completar mi perfil espero no estar infringiendo las reglas.

Le puedo dar una respuesta como director del proyecto Diamante Gerencial . Alguien que ha visto cientos de empresas facturar en papel, en FACE y en FEL

Con FEL tenemos experiencia así:

  • Cinco certificadores: Infile, Megaprint, Documenta, Cofidi y Guatefacturas tenemos
  • Mas de 100 clientes usando FEL y creciendo

LO IMPORTANTE

  1. Las FEL se pueden anular.
  2. A las FEL se les puede hacer nota de crédito.

En ambos casos el vendedor recupera el valor del IVA.
El vendedor no pierde nada, excepto empaque abierto, etc.

En cualquier caso la DIACO le daría la razón.

Lo único que el vendedor debe asumir es el pago de ambos DTE (Documento Tributario Electrónico) con su certificador. Valor que generalmente no suma mas de Q 1.00 por documento. Y si el proveedor es grande puede llegar a costarle hasta Q 0.20 por documento. Este último gasto no le corresponde al comprador que devuelve.

Para efectos de estar prevenidos, sería interesante que compartiera el nombre del negocio que pretende cobrarle el IVA de una devolución.

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Gracias por la información y la asesoría.

buen dia Leidy, en realidad todos los documentos se pueden anular sin que se hagan notas de crédito si corresponden al mismo mes, hay algunas empresas que por control de inventario hacen las notas de crédito para anular operaciones que corresponden al mismo mes, pero no pagan el iva respectivo ya que ambas operaciones se registran en el mismo mes y el efecto contable es (0.00).

usted no tiene porque pagar el iva si ellos no lo van a pagar a la SAT, aun si ellos ya hubieran pagado el iva, con la nota de crédito recuperan el valor pagado en el mes siguiente.

Buena tarde:
El inconveniente que puede darse es que algunas entidades educativas o estatales solicitan facturas por ejemplo de fecha 01/04/2020, pero el pago indican que lo realizaran al final del mes… ( el problema es que si por alguna razón el pago no es efectuado y no notifican al emisor o el emisor no se da cuenta, esa factura para quien la reciba ya no tiene validez y por lo tanto debe ser anulada; en la práctica hemos visto que los contribuyentes no se percatan de la situación y cuando les solicitan nuevamente la factura pero ahora con fecha del siguiente mes, el sistema de la SAT ya no permite anular la factura del mes anterior… el asunto es que esto sucede con frecuencia a pequeños contribuyentes y en el sistema de SAT no aparece la emisión de Nota de Crédito… Entonces ¿Debe de pagar el impuesto de las dos facturas el contribuyente aún cuando solo por una está recibiendo pago?.. veamos opiniones…