Carta de Compromiso o Contrato de Servicios Contables

Buenas noches compañeros, tengo una inquietud.
Que documentos utilizan ustedes al iniciar la relación laboral (Cliente y Contador), Donde indique que el cliente se compromete a entregar los documentos necesarios para poder operar los registros contables, las responsabilidades del contador y los honorarios mensuales de la misma.

¿No se si es correcto usar una carta de compromiso o un contrato de servicios contables, este último será necesario ser autenticada por notario?

Desde ya gracias…

Buen día

En caso de contabilidad externa para Contadores independientes, no hay una relación laboral con los clientes (prestación de servicios), generalmente se utiliza una carta, cotización o propuesta de servicios contables en función de la Afiliación de Impuestos (o Ente exento), volumen de operaciones, condiciones, etc., los servicios a incluir o no en los honorarios y en un párrafo la recomendación que el cliente proporcionará o preparará toda la documentación en los primeros cinco días de cada mes para ser operados oportunamente en la contabilidad para confeccionar las declaraciones de impuestos respectivos, previniendo al cliente de las consecuencias por atrasos en proporcionar la documentación.

Esperemos la opinión de otros participantes del Foro o de Firmas que prestan servicios contables si utilizan la modalidad de contratos.

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Gracias por la corrección.

@Orlando_Garcia por no haber una relación de dependencia en este caso una carta de compromiso que regularmente es lo que se acostumbra.

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Gracias Lic @Hugo_R_Gonzalez_B.

¿Alguien nos podría compartir un modelo de una carta de compromiso?

Muchas gracias.

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Buenas tardes compañeros, estoy redactando una carta compromiso, les comporto la misma. Según su punto de vista si hace falta agregar/eliminar algo, opiniones, observaciones…

CARTA_COMPROMISO_CONTA

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Buen día

En efecto, el modelo de carta se redacta en función del tipo de contribuyente (según las necesidades del cliente), ejemplo sugerido en el Régimen sobre Ingresos.

Para cotizar los honorarios de contabilidad, se parte del supuesto que la empresa estará afiliada al Impuesto Sobre la Renta en el Régimen Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas (pago mensual del ISR del 5% - 7 %), que sólo tiene un establecimiento registrado ante SAT (no tiene sucursales u otros negocios) y que el volumen de operaciones mensuales es bajo (no excede los 100 documentos a registrar: considerando las facturas de compras y ventas e incluyendo documentos bancarios como cheques y depósitos)

Actualmente utilizamos la plataforma electrónica de Diamante Contador para llevar la contabilidad, lo cual permite generar una gran variedad de reportes exportables a hojas electrónicas como también en formato PDF

Esto permite generar los libros legales y obligatorios:
• Libro de Inventarios
• Libro Diario
• Libro Mayor
• Libro de Estados Financieros
• Libro de Compras
• Libro de Ventas

Además, los registros auxiliares de cuentas corrientes (cuentas por pagar y cuentas por cobrar) cuando corresponda, así como el Auxiliar de bancos y elaboración de conciliaciones bancarias.

En la propuesta de honorarios se incluye:
• Elaboración de Declaraciones mensuales: IVA (SAT-2237) e ISR (SAT-1311) y Declaración Jurada Anual del ISR (SAT-1411)
• Elaboración de Retenciones (RetenISR) y su Respectivas Declaraciones SAT-1331 (cuando proceda)
• Preparación de la documentación para evacuar audiencias o atender requerimientos de información (Aduanas o fiscalización)
• Acompañamiento para atender requerimientos de información ante las autoridades competentes (SAT, IGSS, Ministerio de Trabajo, etc.) u otras instituciones privadas.
• Solución de dudas y escuchar sus inquietudes por teléfono, correo electrónico y/o plataformas electrónicas.

Es recomendable que la obtención de toda la documentación de soporte (Facturas de compras, de ventas, recibos, cheques, depósitos, estados de cuenta, etc.,) y cuando aplique, las retenciones que les hubieren practicado los Agentes de Retención (Retenciones de IVA e ISR) se prepare en los primeros cinco días de cada mes a efecto de proporcionarlos a Contabilidad, lo cual permitirá registrarlos oportunamente en la contabilidad y confeccionar las declaraciones de impuestos correspondientes.

El atraso para proporcionar toda la documentación a Contabilidad podría hacer que el contribuyente incurra, ante SAT en multas, mora y otros recargos por la presentación extemporánea de sus declaraciones o para atender requerimientos de información, o simplemente vulnerar la protección de créditos fiscales si los hubiere, lo cual es ajeno a Contabilidad.

No incluye: elaboración de planillas de salarios (nómina de sueldos) o del IGSS, u otras operaciones de control interno (ejemplo: toma física de inventarios), se brinda el servicio para implementar o fortalecer su control interno, pero este servicio se cotiza por separado.

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Buen día @Blagmiro_Contreras, gracias por las observaciones.