Cambios en el Formulario SAT-1411 Sobre Utilidades de actividades lucrativas

Buen día

Siguiendo la cultura del “Buen Chapín” a sólo tres semanas del vencimiento de las declaraciones de ISR del periodo fiscal 2021, la Administración Tributaria implementa a partir del día de HOY algunos cambios en el Formulario SAT-1411 de la Declaración Anual del ISR Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas a partir del ejercicio fiscal 2021.
Los cambios afectan a los contribuyentes que tienen en sus actividades económicas las siguientes categoría: Agricola, Industria, Construcción e inmobiliarias (las demas actividades económicas no tiene cambios y no afecta al régimen sobre ingresos)

Los contribuyentes identificados en las categorias descritas anteriormente, que afortunadamente ya presentaron su declaración del año 2021 (según exposición de la personeros de la SAT) no deben rectificar su declaración 2021 ya presentada. (en otras palabra, se salvaron de llenar los anexos, espermos que no cambien de criterio)

Los que contribuyentes que aún no lo han hecho, deben tomar en consideración los anexos (si estan en las actividades económicas: Agrícola, Industria, Construcción e inmobiliarias)

En el siguiente enlace podrán ver la capacitación sobre los cambios en el formulario y algunas (enfatizo: algunas) respuestas a varias interrogantes del público.


Otro video:


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Gracias por la informacion.

¡Gracias por la información!

Buenas noches, gracias por compartir

Buenos días colegas, en nuestro caso ojala no tengamos problemas, pues ya hemos declarado varias empresas que caen dentro de las categorías donde ha cambiado el formulario.

Gracias por la información

gracias,

¿Los que estan inscritos OPCIONAL SIMPLIFICADO, deben de llenar el BALANCE que está al principio del formulario?

Si el contribuyente está obligado en llevar contabilidad completa tiene la obligación de llenar esa parte del formulario.

gracias Abal Valdez, son consultorias facturó Q.20,000 mensuales,

La consultorias son servicios, todo depende del tipo de contribuyente que es, si es una persona individual y presta servicios no está obligado a llevar contabilidad completa a menos que tenga patente de comercio, ahora bien si es una persona jurídica y tiene la obligación de llevar contabilidad completa. Por lo cual debe de llenar esa parte del formulario.

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gracias Abal Valez por su respuesta muy concreta me ayudó en mucho