Cambio de régimen: de Pequeño Contribuyente a Utilidades Lucrativas

Buena tarde mis estimados, gusto en saludarles.
Necesito que me apoyen con el siguiente tema:

Si una empresa facturo sus ventas en octubre y noviembre 2023 como pequeño contribuyente, luego se realizo un cambio a regimen general - UTILIDADES DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS- y facturo en Diciembre 2023 en dicho regimen.

1.Para realizar el Cierre anual debo tomar en cuenta las ventas de pequeño contribuyente o solo las ventas a partir del cambio?

2.Si en caso solo fuera apartir del cambio como hago para que el sistema no me jale las ventas de octubre y noviembre en el Estado de resultados.

Por su pronta respuesta , gracias.

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@amnersalguero Con relación a sus interrogantes, excepto lo que indiquen otros participantes:

  1. El régimen de PQC no está afecto a cierres anuales, sus pagos son directos en base a las ventas facturadas en cada mes y ahí concluye.

  2. El haber realizado cambio de régimen la declaración de ISR anual según entiendo solo debe incluir las ventas de diciembre.

  3. Con relación a las facturas, hasta donde tengo entendido, No hay forma de separar las ventas, en este caso lo más prudente es abrir la empresa bajo el nuevo régimen. En otras palabras hacer copia de la empresa PQC y hacer los cambios necesarios antes de iniciar las operaciones del nuevo régimen y listo.

O esperemos algunas otras opiniones de los participantes.

Interesado en ser participe en capacitación

@Consultoria por el momento no hay capacitaciones programadas, siempre estar atento para cuando exista planificación de estas.