Cambio de Régimen de ISR de Oficio SAT

Buenas Tardes
Estimados Colegas

Tengo una duda, tengo entendido que SAT puede pasar de oficio a un pequeño contribuyente al régimen Opcional Simplificado del ISR, (5%,7%), cuando sus ventas exceden de 150,000 al año.

Lo que nunca había visto es que SAT pueda cambiar de Pagos Trimestrales al de Opcional Simplificado, menos en fechas intermedias, como estamos en este momento Abril 2021.
Ya que el contribuyente que le estoy llevando su contabilidad, ahora que quiero hacer la declaración del ISR trimestral, me sale un mensaje indicando “para utilizar este formulario debe estar afiliado al régimen ISR trimestral”
Por eso me causó duda, para ver si alguien le ha pasado.

Ya Reviso su RTU?, si es que el cambio fuie aplicado como tal

Buenas Tardes, te comento que lo mismo me sucede a mi persona, pero cuando le ingreso el NIT ya no me tira esa alerta

@Fili Respecto al cambio la SAT lo hace de oficio hasta el siguiente período y nunca al Régimen Opcional Simplificado siempre lo hace al Régimen trimestral, excepto que el contribuyente se haya dado cuenta y cambie de régimen en el momento preciso.

Cuando es un cambio en un tiempo intermedio, es porque el mismo lo realizó el contribuyente. Como indique anteriormente, SAT solamente lo hace al inicio del período.

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Buenas Noches
Si, todo sigue con el régimen de pagos trimestrales.

Buenas Noches
Muchas Gracias por la información, me convence más que es un error del sistema de SAT

Buenas tardes a todos, disculpen tengo un caso parecido, un pequeño contribuyente fue inscrito de oficio por SAT al regimen sobre las utilidades de actividades lucrativas, porque las ventas del año 2021 sumaron Q150,800.00 superando los 150 mil que es el maximo para ser pequeño contribuyente, pero este año seguro no facturara mas de 150 mil, segun su experiencia como proceder o que debo hacer para que siga como pequeño contribuyente cambiar al régimen opcional simplificado o lucrativo pero con la opcion de pagos trimestrales. Gracias por sus comentarios.

es posible cambiarse de Regimen en cualquier momento de Contribuyente Normal a Pequeño Contribuyente, pero recordando que cuando se hace el cambio, tiene que finalizar el periodo, mensual o trimestral. Para ello si ahora esta en el Regimen General y desea cambiarse a Pequeño Contribuyente tiene que realizar el Pago Trimestral de ISR, el ISO, IVA , y Declaracion Jurada Anual, como tambien inventarios, en los periodos que corresponda, sino caera en OMISOS
Saludos.

Gracias por la respuesta Cesar_Rodrigo

Buenas tardes, el tema por el cual es que SAT de oficio lo traslada al Régimen de Utilidades de Actividades lucrativas (Pagos Trimestrales), o el que conocemos como Régimen general, es más por tema constitucional, ya que si el contribuyente no da aviso, SAT asume que en ese régimen puede deducir sus costos y gastos, mientras que en el Opcional Simplificado de Actividades Lucrativas no da opción. Entonces lo perjudicaría. Lo mejor es hacer el cambio en cuanto notifiquen que ya superó los Q.150,000.00, no esperar que SAT lo traslade. Saludos.

Agradezco Mucho por responder mi consulta.