Bonificación por venta a dependientes de farmacia

Buena tarde, quisiera que me apoyaran con una consulta de control, contable y fiscal. Si alguno tendrá el conocimiento de cómo se manejan los bonos que se pagan a los dependientes de farmacias por cada unidad de venta,

Este bono lo paga la farmacéutica a los empleados de las farmacias que venden su producto

He buscado información pero no he logrado obtenerla y quiero saber si alguien puede ayudarme

@Marco_2110 con relación a las bonificaciones de las farmaceúticas:

  1. Generalmente estas se pagan con base a los tickets que cada dependiente entregue a la empresa del producto vendido.

  2. Contable y fiscalmente esta bonificación no tiene ningún efecto en la contabilidad de la empresa, porque la misma es un pago externo. (Distribuidora de Medicamentos al Dependiente).

  3. Este No tiene efecto en los ingresos del dependiente, ya que NO es un pago que realiza la empresa que lo contrato. (Farmacia).

O esperemos alguna otro opinión de los participantes que actualmente estén trabajando en algo similar.

Muchas gracias por su comentario, me surge duda ya que el laboratorio farmacéutico (proveedor) paga a los dependientes de la farmacia estos ticket o bonos, por parte de la farmacéutica hemos creado un fondo de bonos como una caja chica para el pago de estos, sin embargo para que estos pagos sean registrados como gastos en nuestros EF no encuentro un documento que pueda validar esto, únicamente una factura especial, que podría ser emitida una vez al mes a nombre del encargado de cada farmacia soportado por la liquidación de tickets.

De antemano gracias por su comentario

@Marco_2110 continuando con su duda_

  1. Los ingresos que recibe la empresa para el pago de Bono según indica los proporciona la Farmacéutica. (No son propios de la empresa, son ajenos).

  2. No son ingresos generados por una actividad lucrativa que sean del giro comercial de la empresa propiamente, tiene relación pero no son propios de esta, razón por la que documentar dicho ingreso no tiene razón de ser.

  3. Dicho fondos son de terceros y deben manejarse como tal, excepto que la empresa quiera pagar impuestos por una actividad que no es de la misma.(ISR-IVA), ingresos que no tendrán costos y por ende mostraran al final del año un ingreso ficticio y que nuevamente repercute en el pago de ISR-anual.

CONCLUSIÓN:
Debe manejarse como cuenta de terceros-transitorias y liquidarse al final del periodo contable.

Gracias, creo que no aclare bien que nosotros somos la farmacéutica y mi duda es como registrar en los libros ese pago de bonificación