Ajuste de importación

Buen día

La sugerencia es contactar con el agente aduanero de confianza para conocer el estado actual de la importación o si se derivan eventos subsecuentes, es decir que la importación definitiva aún no se ha perfeccionado para obtener el levante de las mercaderías.

En caso de duda razonable (por valoración en aduanas), la autoridad aduanera notifica al importador el requerimiento de información para desvanecer la duda razonable (RI con plazo de 10 días hábiles) y el importador puede ejercer su derecho de defensa contra los posibles ajustes formulados, presentando las pruebas (medios probatorios) correspondientes, en caso no se desvanezca la duda o se confirme el ajuste, aún se pueden presentar recursos en contra de la resolución que formula el ajuste.

Faltan elementos de análisis, por ejemplo, si el importador o declarante aceptó finalizar el proceso, y solicitó rectificar la DUCA conforme los datos o valores ajustados, es decir que consintió el requerimiento de información o resolución que corresponda a efecto que el servicio aduanero autorizare el levante de las mercaderías o solicitó levente con garantía.

Si el proceso ya fue concluido, quizá el siguiente enlace le sea de utilidad: