Contabilidad financiera

Estimados buenas tardes quisiera saber si en Diamante contador se puede llevar una contabilidad Financiera simultáneamente con la fiscal?

Hola @CARSOL. Pues debería ser la misma, si no estaría incurriendo en delito de doble contabilidad. Nosotros en la oficina como llevamos el control de lo no deducible es en la nomenclatura crear subcuentas específicas para esto, por ejemplo:

6-0-00-000 GASTOS
6-1-00-000 GASTOS DE VENTA
6-1-01-000 HONORARIOS PROFESIONALES
6-1-01-001 Contabilidad
6-1-01-999 Honorarios no deducibles

De esta manera, para fines fiscales sabemos cuánto del saldo de la cuenta honorarios no podemos deducir del ISR.

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Si tiene toda la razon, pero gracias ya me dio ideas para controlar lo que es no deducible, gracias luciAguilar

@CARSOL a estas alturas del partido y a como están las leyes actualmente, considero que es nuestra obligación enumerar las consecuencias de hacer esta práctica a los contribuyentes y para los contadores involucrados en ello. Debemos de hacer conciencia en los contribuyentes que de conformidad a la Ley esta prohibido llevar más de una o doble contabilidad, artículo 375 del Código de Comercio, y de determinarse que es así, estará sujeto a sanciones de conformidad al código Tributario. articulo 94 numeral 5), Código penal artículo 358"B" numeral 6) entre otros.

Y seguramente la excusa del contribuyente será que el Contador nunca le dijo nada, por lo que sugiero hacerlo por escrito y enumerarle los delitos que se incurrirían al realizar está práctica.

Saludos

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si muchas gracias por su orientación y así se los haré ver las consecuencias que esto podría tener.

Feliz día

Buenos días, estimada @LuciAguilar y colegas: en referencia a su recomendación de los GASTOS NO DEDUCIBLES:

Pregunto: La recomendación es aplicable a los regímenes de ISR, Sobre las Utilidades y tambien a Sobre Ingresos? o solo aplica al primero?

Surge la pregunta debido a comentarios de colegas que sugieren que en el régimen Sobre Ingresos se debe pagar timbre.

Agradezco los comentarios.

Hola. Pues en la contabilidad del ISR sobre ingresos no hay gastos deducibles entonces no le encuentro mucha utilidad a llevar ese tipo de subcuentas pues no tendrán ningún efecto en pago de impuestos.

“Surge la pregunta debido a comentarios de colegas que sugieren que en el régimen Sobre Ingresos se debe pagar timbre.” ¿pagarlo tomando qué acto como hecho generador?

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¿pagarlo tomando qué acto como hecho generador?

Respuesta: Atendiendo al artículo 2 numeral 6 de ley de timbres fiscales y su reglamento: “Los recibos o comprobantes de pago por retiro de fondos de las empresas o negocios, para gastos personales de sus propietarios o por viáticos no comprobables”.

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