@fbarillas91 con relación a su pregunta:
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Por toda venta de un bien inmueble debe realizar Escritura de Venta, la cual facciona un notario, esto siempre y cuando el terreno este desmembrado de la finca original. Y es este profesional quien deberá registrar el valor del mismo en base a un avalúo y dicho valor será el que debe quedar registrado en DICABI y la Municipalidad para el cálculo del IUSI.
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Quién determina si es segunda o primera venta es el notario.
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El notario es quien por ley debe adherir los timbres si fuera segunda venta y en base al avalúo.
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Como contador solamente deberá registrar el valor de la escritura y contabilizar la factura (Si la pide el notario)
Para la realización de dicha transacción y documentarla adecuadamente se deben pagar honorarios profesionales al abogado para que vendedor y comprador no tengan ningún inconveniente presente o futuro.