Tratamiento de indemnización por renuncia

Buen día
Revisando el tema de las provisiones laborales, sucede que se hace mensualmente una partida de provisión en donde se carga el gasto y se abona la provisión por pagar.
En el caso de la indeminzación si se ha venido provisionado este gasto pero un trabajador renuncia que pasa con este rubro, se debe declarar como otros ingresos todo lo que se provisionó de este trabajador o se aprovecha el gasto y no se hace ningún ajuste?
Que tratamiento le han dado.
Gracias por las aportaciones.

tributariamente existen dos formas de deducir el costo por indemnización
uno es aplicar el gasto como deducible al momento que se pague dicha prestación
y la otra es justamente crear una estimación contable (art. 21 numeral 8 LAT;
y 11 del acuerdo 213-2013), tanto la ley como el reglamento aclaran que la
deducibilidad no puede exceder del monto de la prestación que corresponda al
trabajador, consecuentemente si la prestación no se pagará al empleado
y se estuvo aprovechando dicho gasto deducible pues por justicia tributaria ahora
debe realizarse el ajuste por el monto acumulado en la estimación para este empleado,
reportándolo como otros ingresos y para efectos de ISR considerarlo una renta gravada
y pagar el impuesto correspondiente.

ahora bien, antes de realizar este ajuste y que el mismo debería ser al cierre
del período contable, verifiquen como esta el monto total de la estimación
acumulada en relación al pasivo laboral total correspondiente al resto de trabajadores
pues puede ser que el monto no pagado a este trabajador que renunció sirva
reajustar la reserva en este período, para efectos de ISR (tal como lo requiere
el reglamento de la LAT)

solo me surge una duda y es, si la empresa no paga indemnización universal
creo deberían analizar continuar creando la estimación pues si bien es cierto
aprovecharán un gasto deducible cada año, pero que posteriormente con la
renuncia tendrán que pagar el impuesto dejado de pagar en los períodos anteriores.

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Muchas gracias @nerilemus por sus observaciones, me parece muy acertada su observación de la revisión de la estimación acumulada para dejar el saldo real al cierre 2017.