Sin facturar en el mes de diciembre

Buenas noches y feliz año nuevo para todos.

Estimados.

Acudo a ustedes, a su buen juicio y conocimiento, resulta q una persona no facturo sus servicios en el mes de diciembre, pero se le pasó el mes y por mas q se le insistió no emitio la factura, ahora bien el está inscrito en régimen opcional simplificado, será correcto y legal que se presente el ISR sin movimiento y el IVA sólo con las compras que realizó ???

Que pasa con la empresa a la que no facturo???

Que pasa con sus impuestos???

Ya que la facturación no se hizo no porque no hubiera servicios, sino que por puro descuido no se emitio.

Quedo a la espera de su conocimiento acerca de este caso ya que no he conocido algo similar.

De antemano gracias

Así mismo agrego que el contribuyente ya presenta 2 meses de crédito fiscal

Saludos Mariel.

Fiscalmente no pasa nada, solo que en el mes de enero el debiera emitir una factura por los servicios de diciembre y una factura por los servicios de enero para documentar los pagos recibidos de ambos meses. El no facturar en el mes que recibió el pago es un tema de temporalidad pero no lo exime de emitir la factura correspondiente.

Saludos.

Buenos días, salvo un mejor criterio, la empresa puede provisionar el gasto en 2021, siempre y cuando la factura que se le emita en 2022, haga referencia a que los servicios corresponden a diciembre 2021.

Buenos días @Gulitt, @Ejulajuj, gracias por sus respuestas si y tal y como me lo indica se provisiono el gasto.

buenos dias, puede provisionar el gasto en 2021 ya que el gasto si corresponde y puede declararlo para cuestiones de ISR, sin embargo para que sea un gasto deducible de 2021, la factura aunque tenga fecha de enero debe indicar que fue por un servicio de diiembre.

Buen día @TUTTOBENECO muchas gracias por su aportación, ahora bien en tema de impuestos

¿El ISR este se registra hasta tener el documento correcto??

Gracias.

Saludos