Requerimiento SAT

Buen día estimados.

Hace días un cliente recibió un requerimiento de SAT en donde indica que lo reportado con las declaraciones de IVA contra las Retenciones de IVA no coinciden.

Anteriormente otro contador era quien tenía esa contabilidad y esta persona únicamente presentó los formularios con valor Q. 0.00, en ese lapso de tiempo. Esta persona indica que perdió la papelería correspondiente.

Entonces no tenemos nada.

Mi consulta es si podemos presentar las declaraciones de IVA nuevamente consignando los valores de las retenciones y un poco más para poder presentar estas nuevas declaraciones que solicita SAT y si debemos volver a emitir las facturas o considerar que es lo que en su momento se emitió ya que no tenemos nada

¿O cómo sería la mejor manera de proceder en este caso?

Quedo atenta a sus comentarios.

Saludos

Vivian López

Buenos días, considero que usted debe reconstruir la contabilidad, y con base a las constancias de retención de IVA que lo puedes descargar a través de la Agencia Virtual y en esas constancias aparece la cantidad facturado, el impuesto retenido, el número y serie de la factura y en otros casos hasta la fecha en que se emitieron las facturas. Es un poco tedioso, pero si es necesario hacerlo. y cuando ya lo tengas en orden, pues procedes a rectificar las declaraciones. En Agencia Virtual puedes encontrar el número de formularios presentados pagados que requieren de rectificaciones.

@Jose muchas gracias por su apreciable respuesta, tenemos las Retenciones de IVA, las cuales fueron descargadas de la Agencia Virtual del contribuyente, en su momento si se emitieron las facturas correspondientes y se cubrían los valores que reflejan esas retenciones pero como el contador anterior extravió todo no tenemos ningún documento de respaldo por ello tengo incertidumbre si debemos volver a emitir las facturas con fecha atrás.

Saludos

A mi criterio, no es correcto emitir nuevas facturas, con fechas anteriores, en primer lugar la factura ya no va coincidir con el número de la factura que aparecen en las constancias de retención. Lo que sí debería de tener como respaldo es la constancia de denuncia por extravío de documentos.

Buen día @VALOMA, mi sugerencia es la siguiente:

Considerando las disposiciones del código tributario:

Articulo 112 “A” Otras obligaciones de los contribuyentes y responsables; numeral 4:

Rehacer sus registros contables, en los casos de destrucción, pérdida, deterioro, extravío, o delitos contra el patrimonio que se produzcan respecto de los libros, registros, documentos, archivos o sistemas informáticos, dentro del plazo de tres meses contados a partir de la fecha en que ocurrió el hecho, circunstancia que deberá acreditarse.

Dicho esto, el primer paso es dar aviso a las autoridades correspondientes sobre la pérdida de documentos (MP por robo o PNC por extravío). En la denuncia debe especificar todos los documentos perdidos (libros contables, facturas de compras y ventas, notas de crédito/débito, etc.).

No se emiten nuevas facturas con fechas anteriores debido a que (1) Al denunciar el extravío de documentos, se indica en la denuncia la numeración o rango de facturas perdidas, y (2) las constancias de retención de IVA indican el número de factura a la que aplicaron tal retención. Una nueva factura tendrá un diferente número de documento y podría tomarse como dos ingresos diferentes (una con retención y otra sin retención).

Puede rectificar las declaraciones utilizando como base las constancias de retención de IVA con las que cuenta, y seguramente le dará un saldo por pagar de IVA + multas. Tomar en cuenta que debido a los cambios en el formulario del IVA en Declaraguate, ya no puede ingresar facturas de gastos para aprovechar crédito fiscal.

Saludos.

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