Buen día
La Administración Tributaria ha publicado su “NUEVO” sistema de activación de Agencia Virtual a distancia (en realidad no es nuevo, sólo quitaron en los requisitos la firma de la solicitud y cambiaron las palabras “no presencial” a distancia.
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@Blagmiro_Contreras gracias por compartir, realmente como bien lo indico no es nada nuevo más sin embargo hizo falta indicar:
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Que si es persona individual debe tener registrado en el RTU el DPI.
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Si es persona Jurídica el Representante Legal también debe tenerlo registrado.
En caso contrario deberá presentarse físicamente a una agencia tributaria previo a la cita correspondiente.
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