Estimaods licenciados,
Solicito su apoyo para validar el tratamiento contable y fiscal de una empresa de E-commerce (Régimen General) que opera bajo la modalidad de importación bajo pedido. La operativa es la siguiente:
1. El cliente final paga la totalidad del producto y la logística de forma anticipada.
2. El courier realiza la importación de forma consolidada.
3. El courier emite una factura cambiaria al NIT de la empresa únicamente por el servicio de logística (flete/manejo).
4. El pago de DAI e IVA en aduanas aparece en la liquidación del courier como “Gastos por cuenta ajena”, pero no aparece al NIT de la empresa (por ser carga consolidada). Incluye únicamente un número OEA y un GCA-A4-52XXX
Mi duda es: ¿Cómo puedo trasladar legalmente estos costos de DAI e IVA al cliente final? Dado que no poseo una póliza de importación individual a mi nombre ni a nombre de mi cliente, ¿estoy obligado a facturar el valor total (Producto + Logística + Impuestos) como un ingreso gravado, o existe alguna forma de reportar el reembolso de esos impuestos sin que afecten la base imponible del IVA y el ISR?
Agradezco sus criterios sobre si esto se debe manejar como un “Gasto Reembolsable” y qué soporte documental sugieren para evitar contingencias con la SAT.