Factura importación DHL

Buen día

En la práctica es muy difícil llevar ese control cuando se es contador externo, usualmente uno se percata que hay productos nuevos al momento de registrar las facturas de ventas (que suele ser en el mes siguiente al preparar la declaración del IVA), y algunas veces hay demora para que proporcionen los documentos de dichas importaciones o no tienen todos los documentos.

Una vez detectada dicha situación, se hace la recomendación al cliente a efecto de no incurrir en esa práctica (no siempre lo toman de buena forma), esto nos obliga a realizar una toma física de inventario (honorarios adicionales) para hacer los ajustes al inventario, integración y costeo.

Las empresas mercantiles deberán inscribirse en el Padrón de Importadores cuando realicen importaciones de mercancías (DUA´s) para su registro correspondiente e ingreso a su inventario para la venta.

Las importaciones bajo la modalidad de encomienda, entrega rápida o Courier son de carácter no comercial.

Si se incurrió en este tipo de importaciones, es importante obtener lo siguiente:

  • Copia de la Póliza de Importación de la empresa de entrega rápida o Courier a efecto de demostrar ante la Administración Tributaria en caso de fiscalización, que la mercancía ya pago impuestos (no siempre se puede obtener copia: pero es importante como los medios de extinción de la obligación tributaria: Art. 35 del C. T. y Pago por terceros Art. 37 del C. T.)
  • Verificar que la empresa de entrega rápida o Courier este autorizada
  • Liquidación de pagos (gastos) por cuenta ajena emitida por la empresa de Courier (algunas empresas incluyen este formato dentro del cuerpo de la factura)
  • Cheque de pago o si se efectuó depósito, la cuenta bancaria debe estar a nombre de la empresa de courier con su respectivo recibo de caja (cuando corresponda)
  • Retenciones de ISR por compras y servicios al exterior (empresas no domiciliadas)
  • La factura por la prestación del servicio de courier
    Derivado de la vigencia del Decreto 37-2016, que reformó el Decreto 1-98, las facultades de la Administración Tributaria van más allá de que si esa operación es decible o no.


Saludos.

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