Buen día
Aprovecho la oportunidad para trasladarles la siguiente noticia:
A partir del martes 22 de marzo las oficinas y agencias tributarias de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ya no deben pedir facturas o documentos como facturas de energía, de agua, de teléfono de línea fija.
Tampoco deberán pedir contratos de arrendamiento o de subarrendamiento u otros documentos que demuestre que se tiene derecho de uso de la propiedad para reportar como residencia, domicilio fiscal o dirección para notificar, al momento de inscribirse ante ese ente o actualizar datos como contribuyentes.
Tal decisión se basa en que la información que el contribuyente o responsable proporcionan como datos para localización se hace mediante una declaración jurada al momento de la inscripción o para actualización de datos.
Mas información en:
Los requisitos para inscripción de Contribuyentes en el portal de la SAT ya fueron actualizados, y este famoso párrafo ya NO forma parte de los requisitos:
Pueden confirmar lo anterior en el siguiente enlace:
Saludos.