Buen día
Recientemente la Administración Tributaria ha emitido varios Criterios Tributarios Institucionales, para el presente caso, recomiendo la lectura del No. 3-2017 que desarrolla la Formas de Acreditamiento del Impuesto de Solidaridad.
Respecto a su pregunta, sobre el trimestre del año anterior, se refiere al cuarto trimestre: octubre - diciembre 2016? el que se paga durante el mes enero de 2017?, y si este se puede acreditar al ISR en la Declaración Anual del Año 2017?. El ISR se liquida en los meses de enero a marzo de 2018, cumple con el requisito de pagarlo en el año 2017 y acreditarlo en el siguiente año (2018), para mejor comprensión ver la siguiente imagen:
Quizá su pregunta va enfocada al siguiente caso?:
En relación a la otra parte de la pregunta:
Sobre la base de renta imponible estimada, esta es la forma más sencilla de determinar los pagos trimestrales de ISR, pero no siempre es financiera y fiscalmente la más acertada, se corre el riesgo de acumular pagos en exceso.
Intentaré de explicar lo anterior (lo más breve posible), para efectos ilustrativos, partamos del siguiente supuesto
La empresa DEMO DOS, S. A., en los tres trimestres del año 2017 tiene los siguientes ingresos:
Para efectos del ISO (Literal a del artículo 11 del Decreto 73-2008), el ISO que se pago en el año 2016, se calculó sobre la base de los ingresos netos del año 2015
En el supuesto que en el 2017 la empresa hace la presentación de los tres pagos trimestrales, sin embargo en el primer trimestre del ISR (enero - marzo) hace uso de una parte del ISO que pago en el 2016 para acreditarlo al ISR, ejemplo:
De la Renta Imponible Estimada de los tres trimestres, se determinó un total de ISR de los tres trimestres por Q3,987.66, de los cuales, se aprovecho el acrediamiento del ISO al primer trimestre (se presento con valor Q0.00, se acredito una parte del ISO del 2016) y sólo se pagaron los dos trimestres (abril - Junio y Julio - Septiembre).
Para dicho propósito es necesario llevar un control de la cadena de acreditamientos, ejemplo:
Cuadro de la cadena de acreditamientos:
En resumen podemos decir:
Los pagos trimestrales declarados del 2017 ascienden a la cantidad de Q3,987.66
Explicación del cuadro de la cadena de acreditamientos:
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016, DEMO DOS, S. A., TENIA UN SALDO DE ISO POR Q2,250.00 EL CUAL PUEDE ACREDITARSE EN LOS AÑOS 2017, 2018 Y 2019
(Impuesto Sobre la Renta, Determinación del Impuesto: Sobre la base de renta imponible estimada)
EN EL ISR DEL TRIMESTRE DE ENERO A MARZO 2017, DEMO DOS, S. A, INCURRIO EN UN IMPUESTO SOBRE LA RENTA TRIMESTRAL POR Q2,187.74, COMO TENIA UN SALDO DE ISO (DEL AÑO ANTERIOR) POR Q2,250.00, SE USARON Q2,187.74 PARA ACREDITAR AL ISR (ENERO - MARZO) , QUEDO UN REMANENTE DE Q62.26 QUE SE PUEDE APROVECHAR EN EL 2017, 2018 Y 2019.
EL 31 DE ENERO DE 2017 SE EFECTUO EL PAGO DEL ISO DEL TRIMESTRE OCTUBRE - DICIEMBRE DEL 2016 POR Q750.00, ESTE ISO SE PUEDE ACREDITAR HASTA EL AÑO 2018, 2019 Y 2020
EL SALDO DE ISO AL 30 DE ABRIL DE 2017 ERA DE Q1,562.26, (REMANENTE DE Q62.26 DEL AÑO 2016, Q750.00 QUE SE PAGO EN ENERO 2017,Y EL TRIMESTRE ENERO MARZO QUE SE PAGO EL 30 DE ABRIL 2017).
Lo anterior, debe estar conciliado con los saldos en la contabilidad (pagos trimestrales del ISR e ISO) según corresponda, algunas veces sólo se lleva control de los saldos de ISR e ISO en los formularios de SAT pero las cifras no siempre coinciden con los saldos según contabilidad, especialmente cuando se efectúa la liquidación anual definitiva del ISR (¡¡¡ tipo 30 o 31 de marzo !!! )
Espero haber aclarado la duda y no haberla ampliado
Saludos