Depreciación para entidad sin fines de lucro

Buen día

Quizá pueda ampliar la información e indicar la forma legal que adopto la Entidad de Carácter No Lucrativo (Fundación, Asociación, Iglesia, Agrupación política, etc.) y el marco conceptual para preparación de los Estados Financieros (PCGA o NIIF Pymes con propósito de información general o base integral de contabilización distinta: FASB - ASU-2016-14).

La exención del ISR (conforme Resolución de SAT como Ente exento), los ingresos exclusivamente a los fines no lucrativos (las donaciones, cuotas ordinarias y extraordinarias) y en ningún caso distribuyan utilidades.
Las revaluaciones (reexpresiones o remediciones) de activos (por simples partidas de contabilidad tal como lo señala el usuario @lsalan ) no están afectos al pago del Impuesto Sobre la Renta en la categoría de Ganancias de Capital, en tanto no se de cualquier transferencia, cesión, compra-venta, permuta u otra forma de negociación de bienes o derechos, excepto cuando dicha revaluación se inscriba en el registro correspondiente (ejemplo, bienes inmuebles o vehículos, la diferencia entre el valor anterior y el valor revaluado, constituye la base imponible y aplica una tarifa del 10%).

Una cordial invitación al usuario @lsalan para incorporar foto en su perfil de usuario, le será de utilidad en caso solicite licencias de Diamante Contador.

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