Cancelación de establecimientos en la SAT

Buenos días señores:

La consulta en sí es, cuando alguien que se inscribió en la SAT y que solo giró un par de facturas, y como es común en la gente, nunca fue a cancelar su establecimiento; y ahora tiene 48 omisos. He escuchado que se puede desvanecer esos omisos aplicando el argumento legal de la preescripción, pero qué requisitos hay que presentar a la SAT para eso, aparte de los requisitos comunes.

Adjunto requisitos. Los encuentra en el portal de la SAT.

Efectivamente se puede cancelar, la prescripción se refiere a que tiene mas e 4 años, en este caso solo presentar la ultima factura emitida y las que no se usaron anuladas, copia de la ultima emitida y copia de la primera y ultima anulada no utilizada, presentar el formulario de cese de actividades.

Referente a tu consulta

Hace algunos días me presente a la SAT con el mismo caso y lo que tuve que presentar fue lo siguiente.

Si es contribuyente normal, los libros de diario, mayor, inventario, balance anulados, libro de compras y ventas anulados hasta el ultimo folio que corresponde a la fecha que se va a presentar a la Sat ejemplo si el tramite lo va a hacer en febrero tendrían que ir anulados hasta enero del 2017, original y fotocopia, factura la uno a la ultima anulada. Llenar el formulario que corresponde adjuntar los documentos e ingresarlo a los diez diaz ya se sabe si todo esta bien y si fue cancelada la empresa si hace falta algo se lo diran cuando se presente de nuevo a averiguar.

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Muchas gracias por su aporte a todos.