La Comunicad del Foro de Diamante Contador de la da la bienvenida
Previo el siguiente anuncio:
Podría indicarnos el régimen del ISR en que esta afiliada la empresa (Sobre ingresos o Sobre Utilidades)
En el caso de estar afiliada al Régimen sobre las utilidades de actividades lucrativas y si la empresa va ha absolver dicha mejora, el artículo 21 numeral 14 de la Ley de Actualización Tributaria - LAT - define el tratamiento para este tipo de mejoras.
Respecto a este punto (empresa de publicidad), podría tratarse de Rentas de Capital (Numeral 1: Capital inmobiliario o según corresponda al Numeral 2: Ganancias y pérdidas de capital ) conforme el Artículo 84 de la LAT, lo que requiere un tratamiento diferente (esto es independiente del Régimen sobre Ingresos o Sobre Utilidades)
Es este caso el inmueble gana valor (plusvalía) para el propietario.
Deben evaluar el tratamiento contable y fiscal: Rentas de Capital versus Régimen Sobre Utilidades
Régimen Sobre Utilidades: Ingresos (-) costos y gastos deducibles = Renta inmpunible 25% siempre y cuando esta operación forme parte del Giro Habitual.
Caso contrario Rentas de Capital 10% (artículo 84 numeral 1 de la LAT) el cual se liquida en los primeros 10 días hábiles del mes siguiente de emitida la factura.