Acreditación de ISR pagos trimestrales hacia la Declaración de ISR anual

Buenas tardes estimado, sería tan amable de brindarme sus ayuda con respecto sobre una duda y es la siguiente:

Con la acreditacion de ISR trismestrial hacia el ISR anual,
en el 1er trimerestre se obtuvo un ISR trimestral de Q50,000.00 y un ISO acreditable de Q75,000.00 es decir que en primer trimestre no se canceló nada, por lo mismo de que el ISO cubrio ese pago.
Ahora en el 2do trimestre, se obtuvo un ISR de Q100,000.00 teniendo un ISO por acreditar de Q.25,000, pagando el ISR de Q.75,000.00
y en el 3er trimestre se pago de un ISR de Q100,000.00
ahora bien la duda es

a la hora de acreditar el ISR trimestral se toma cómo base todo lo que es el ISR
Q50,000.00
Q100,000.00
Q100,000.00
total Q250,000.00

O
solo lo que se canceló en efectivo
Q75,000.00
Q100,000.00

Dando un total de Q175,000.00

Que valor es acreditable al ISR anula los Q250,000.00 o los Q175,000.00

De antemano les agradezco por sus comentarios…

Buena tarde, saludos cordiales.

@Alexander y cuál fue el calculo del ISO en los trimestres faltantes?

@Alexander dice un refrán que el que busca encuentra, y este tema ya fue desarrollado en otra oportunidad en este valioso foro, acá le comparto y sugiero leer completo el mismo.

Buenas tardes Lic. @Hugo_R_Gonzalez_B, le comento, que la contabiladad de la empresa, ha registrado el ISO de los 4 trimestres con el valor de Q18,750.00 que da un total de los Q75,000.00. eso quiere decir que no quedó ningun saldo del ISO.

Buen día

Salvo la opinión de otros participantes del Foro:
Respuesta corta:

Respuesta larga:
En los pagos trimestrales de ISR e ISO (acreditamientos entre ISO e ISR), la Administración Tributaria ha detectado en algunos contribuyentes, inconsistencias (excesos de acreditamientos o arrastre de saldos, error en el cálculo de la base imponible, etc.).

Hay varias fuentes que publican estadísticas tributarias (internas y externas), pero en el caso de la Administración Tributaria estima, el cumplimiento voluntario (percepción de riesgo por parte de este grupo de contribuyentes) del Impuesto Sobre la Renta en el Régimen simplificado sobre ingresos alcanza un aproximado de 77%, mientras que el Régimen de Utilidades un aproximado del 70%

Razón por la cual en las preguntas frecuentes que los contribuyentes hacen a la SAT es precisamente la que usted plantea: y la respuesta clásica de SAT es:

Al Contribuyente le asiste el derecho de Acreditamiento del ISO conforme lo establecido en el artículo 11 (tiene dos opciones) del Decreto 73-2008.

La recomendación en todos los casos:

  • Que el ISO acreditado en el 2018 (en este ejemplo) se ha pagado (efectivamente pagado) en el año anterior
  • Que se ha efectuado y elaborado correctamente la cadena de acreditamientos
  • Que los saldos y/o acreditamientos de impuestos estén debidamente registrados en la contabilidad y en armonía con las declaraciones trimestrales (conciliado) correspondientes

El tema de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto de Solidaridad (ISO) para la mayoría de contribuyentes es aburrido (abstracto) y si le agregamos a la fórmula que pueden acreditarse entre si dichos impuestos es como una ecuación algebraica pero que deben ser despejas las variables de la ecuación:

Para los nuevos usuarios (los recién graduados que están incursionando en Contabilidad), tomando como ejemplo las cifras de la presente publicación, se ilustrará (mejor dicho se intentará) la respuesta corta pero que se convierte en respuesta larga

Partiendo del supuesto que se ha determinado correctamente el ISO del pagado en el Año anterior (conforme el Artículo 7 del Decreto 73-2008, hay dos opciones, se ilustran ambas y coincidiendo el monto el ISO)

Como no se especifica la forma para determinar el Impuesto Trimestral de ISR (dos opciones)

  1. Sobre la base de cierres contables parciales o liquidación preliminar de sus actividades
  2. Sobre la base de renta imponible estimada

Se usaran ambas opciones, asignándole a cada trimestre valores hipotéticos a efectos de coincidir los datos con los pagos trimestrales de ISR: (ingresos por 12.5 millones y gastos por 11.5 millones, el trimestre octubre a diciembre bajo el supuesto que tuvo cero ingresos y cero gastos)

1. Sobre la base de cierres contables parciales o liquidación preliminar de sus actividades



2. Sobre la base de renta imponible estimada

Para finalizar y mejor comprensión de la respuesta corta, el dato en la declaración de ISR anual:

image

Los comentarios o sugerencias de los participantes del Foro siempre serán bienvenidos

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Muchísimas gracias @Blagmiro_Contreras, me ha solucionado la duda que he tenido,